¿Has sufrido lesiones en un accidente de tráfico?
Si es así, debes saber que desde la entrada en vigor de la ley 35/2015 el día 01/01/2016, cambia sustancialmente la forma de reclamar estos daños personales. Para ello debe seguir los siguientes pasos:
1º El accidentado está obligado a reclamar sus daños o lesiones a la compañía aseguradora responsable del Siniestro, aportando toda la información respecto a los daños, secuelas y valoración de las mismas. Al mismo tiempo la compañía está obligada a hacer una oferta motivada en un plazo no superior a tres meses.
(Para realizar esta reclamación, YO RECOMIENDO poneros en manos de PROFESIONALES, un abogado y un perito forense que defiendan vuestros derechos e intereses)
2º En caso de no estar de acuerdo con dicha indemnización, podemos acudir al IMLCF (Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forense), que forma parte de nuestro sistema judicial. De los gastos derivados de ello se tiene que hacer cargo la compañía aseguradora. Este nuevo informe valorará de forma independiente nuestras lesiones y secuelas.
Si este nuevo informe diera más importancia a los daños sufridos, podríamos reiniciar las negociaciones con la cía. Aseguradora.
3º Si no estuviéramos de acuerdo con esta nueva indemnización podríamos acudir a la vía judicial.
Insisto, yo recomiendo ponerse en manos de profesionales expertos, en este caso Abogado y Médico Perito Forense, seguro que al final nos alegraremos de tomar dicha decisión. (Aunque en esta ocasión los gastos van a correr a nuestro cargo).